Acuerdo de Licencia de Software para Usuario Final — Quantum AI Trading Systems
Aplicable a toda América Latina y el Caribe | Última actualización: Marzo 2025
El presente Acuerdo de Licencia de Software para Usuario Final (en adelante, el "Acuerdo" o "EULA") se celebra entre:
QUANTUM AI TRADING SYSTEMS, empresa de desarrollo de software legalmente constituida, correo electrónico: hola@quantumaits.com, número de contacto: +598 094 050 223 (en adelante, "el Licenciante", "QATS" o "la Empresa").
Persona física o jurídica que instala, activa, accede o utiliza el Software bajo los términos del presente Acuerdo (en adelante, "el Usuario" o "el Licenciatario"), cuyos datos personales y de contacto han sido registrados en la plataforma de contratación correspondiente, el cual forma parte integrante de este Acuerdo.
El presente Acuerdo tiene por objeto exclusivo la concesión de una licencia de uso no exclusiva, intransferible, no sublicenciable y revocable sobre el Software. QATS es una empresa desarrolladora de software y en ningún caso actúa como:
Las actividades descritas en el presente Acuerdo no requieren, en la naturaleza aquí definida, autorización de organismos reguladores de valores en tanto el Licenciante no capta, administra ni gestiona capital de terceros. Es responsabilidad exclusiva del Usuario verificar el cumplimiento normativo aplicable a su actividad en su jurisdicción.
El Software procesa datos de mercado mediante algoritmos de inteligencia artificial propios para generar señales de trading. Dicho procesamiento no garantiza ni asegura la obtención de ganancias, rentabilidad positiva ni la preservación del capital invertido por el Usuario.
El capital depositado en la cuenta de corretaje del Usuario es de titularidad y custodia exclusiva del Usuario. QATS, sus empleados, representantes, socios y/o agentes no tienen ni tendrán bajo ninguna circunstancia:
El Usuario es el único y exclusivo responsable de:
El Usuario puede desconectar, pausar o desinstalar el Software en cualquier momento, sin necesidad de comunicación previa al Licenciante, ejerciendo así su pleno control sobre la operativa.
| Concepto | Monto / Porcentaje | Condición |
|---|---|---|
| Fee de Instalación | Único — informado previamente | No reembolsable. Pagadero al momento de la instalación. |
| Comisión Mensual de Éxito | 30% de ganancias netas | Solo exigible en períodos con ganancia neta efectiva y verificable. Sin arrastre de pérdidas. |
| Comisión Anual de Mantenimiento | 4% del capital en cuenta | Al cierre de cada año calendario. Cubre actualizaciones y soporte técnico. |
A efectos del cálculo de comisiones, el Usuario deberá presentar al Licenciante, dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes, el estado de cuenta o reporte de operaciones emitido por el bróker correspondiente al período anterior. El Licenciante podrá objetar el reporte dentro de los tres (3) días hábiles siguientes. En caso de disputa, las Partes designarán de mutuo acuerdo a un tercero neutral para la verificación.
Los pagos de comisiones deberán realizarse mediante los métodos acordados entre las Partes al momento de la contratación. El retraso en el pago por más de quince (15) días hábiles generará un cargo por mora equivalente al dos por ciento (2%) mensual sobre el monto adeudado.
El Licenciante podrá modificar la estructura de costos previo aviso escrito al Usuario con no menos de treinta (30) días de anticipación. El Usuario que no acepte los nuevos términos podrá rescindir el Acuerdo sin penalidad dentro de dicho plazo.
El Usuario reconoce y acepta expresamente que:
En la máxima medida permitida por la legislación aplicable, el Licenciante no será responsable por:
En los casos excepcionales en que la legislación imperativa no permita la exención total de responsabilidad, la responsabilidad máxima del Licenciante quedará limitada al monto efectivamente pagado por el Usuario en concepto de Fee de Instalación durante los doce (12) meses anteriores al hecho generador de la reclamación.
El Usuario declara ser mayor de edad conforme a la legislación de su país, tener capacidad legal plena para contratar, comprender los riesgos del trading algorítmico, contar con los recursos financieros necesarios para asumir las pérdidas eventuales, y haber tenido la oportunidad de consultar con un asesor financiero independiente antes de suscribir el presente Acuerdo.
Si el Usuario no cumple con las especificaciones técnicas mínimas requeridas (procesador Intel Core i7 o equivalente, VPS de baja latencia cuando corresponda, conexión a internet estable), el Licenciante queda exonerado de toda responsabilidad por rendimiento deficiente, señales tardías o pérdidas resultantes.
El Licenciante es el único y exclusivo titular de todos los derechos de propiedad intelectual sobre el Software, incluyendo sin limitación: el código fuente, código objeto, algoritmos de inteligencia artificial, modelos de machine learning, bases de datos, scripts, interfaces de usuario, documentación técnica, nombres comerciales y marcas. Esta titularidad está protegida por las leyes de derechos de autor, propiedad industrial y tratados internacionales aplicables, incluyendo el Convenio de Berna, el Acuerdo ADPIC/TRIPS y las legislaciones nacionales del Territorio.
Se otorga al Usuario una licencia de uso personal, no exclusiva, intransferible, no sublicenciable y revocable para utilizar el Software únicamente en el equipo especificado al momento de la instalación, con el único propósito de recibir señales de trading para uso propio.
Queda expresamente prohibido al Usuario:
El Usuario se obliga a mantener estricta confidencialidad sobre: (i) la lógica de operación y parámetros del Software; (ii) los términos económicos del presente Acuerdo; (iii) cualquier información técnica o comercial del Licenciante. Esta obligación de confidencialidad subsistirá por un período de cinco (5) años contados desde la terminación del Acuerdo.
El tratamiento de datos personales se rige por nuestra Política de Privacidad, que forma parte integrante de este Acuerdo. En resumen:
El Licenciante cumple con las normativas de protección de datos aplicables en el Territorio, incluyendo la Ley 25.326 (Argentina), Ley 19.628 (Chile), Ley 29.733 (Perú), LGPD Ley 13.709/2018 (Brasil) y Ley 18.331 (Uruguay).
El presente Acuerdo entrará en vigor en la fecha de registro/instalación del Software y permanecerá vigente de manera indefinida, salvo terminación conforme a las disposiciones de este artículo.
El Usuario podrá dar por terminado el Acuerdo en cualquier momento, mediante notificación escrita al Licenciante con quince (15) días de anticipación. En tal caso:
El Licenciante podrá dar por terminado el Acuerdo de forma inmediata en los siguientes supuestos:
Terminado el Acuerdo por cualquier causa, la licencia de uso quedará automáticamente revocada. Las obligaciones de confidencialidad y las penalidades por infracción a la propiedad intelectual subsistirán conforme a los plazos establecidos.
El Licenciante se reserva el derecho de modificar los términos del presente Acuerdo, notificando al Usuario con no menos de treinta (30) días de anticipación por correo electrónico u otro medio fehaciente. Si el Usuario continúa utilizando el Software tras el vencimiento del plazo de notificación, se entenderá que ha aceptado los nuevos términos. Si el Usuario no acepta los cambios, podrá ejercer la terminación anticipada según el Artículo IX.
El Licenciante no incurrirá en responsabilidad alguna por el incumplimiento o retraso en sus obligaciones cuando dicho incumplimiento sea consecuencia de eventos de fuerza mayor o caso fortuito, incluyendo pero no limitado a: desastres naturales, guerras, actos terroristas, pandemias, ataques cibernéticos masivos, fallos generalizados de infraestructura de telecomunicaciones, decisiones gubernamentales o regulatorias que afecten los mercados financieros, o cualquier otro evento imprevisible e irresistible.
El presente Acuerdo se regirá e interpretará de conformidad con las leyes de la República Oriental del Uruguay, sin perjuicio de las disposiciones imperativas de protección al consumidor aplicables en la jurisdicción de residencia del Usuario.
Las Partes se comprometen a intentar resolver cualquier disputa mediante negociación directa de buena fe, dentro de un plazo de treinta (30) días hábiles desde la notificación formal de la disputa.
Si la negociación directa no resultara satisfactoria, las Partes se someterán a mediación y, en última instancia, a arbitraje de derecho con sede en la República Oriental del Uruguay, cuyo laudo será definitivo, vinculante y ejecutable conforme a la Convención de Nueva York de 1958.
Para medidas cautelares urgentes o casos en que el arbitraje no sea procedente, las Partes se someten a los Tribunales Ordinarios de la República Oriental del Uruguay.
Al marcar la casilla de aceptación durante el proceso de registro en la plataforma de Quantum AI Trading Systems, el Usuario declara expresamente que:
La aceptación electrónica de estos términos mediante el proceso de registro tiene la misma validez legal que una firma manuscrita, conforme a las leyes de firma electrónica y comercio electrónico aplicables en el Territorio.
El Usuario declara conocer y aceptar que el correcto funcionamiento del Software requiere como mínimo:
El incumplimiento de estos requisitos mínimos exonera al Licenciante de responsabilidad por el rendimiento del Software, conforme a la Cláusula 6.5 del presente Acuerdo.